Maurilio Hernández garantiza continuidad legislativa en segundo periodo de receso

Comunicación XXI
15.05.25 01:19 PM Comentario(s)

La Diputación Permanente mantendrá coordinación con autoridades y municipios

El diputado Maurilio Hernández González (Morena), presidente de la Diputación Permanente de la LXII Legislatura mexiquense, destacó que este órgano garantizará la continuidad del trabajo parlamentario con responsabilidad, cuidado y sentido social, asegurando la tramitación oportuna de todos los asuntos y procedimientos jurisdiccionales que le competen.

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Al instalar la Diputación Permanente para el segundo periodo de receso del primer año de ejercicio constitucional, el legislador subrayó que mantendrán una colaboración interinstitucional con autoridades, poderes públicos estatales y federales, así como con los 125 municipios. Además, según la importancia de los asuntos pendientes, podrán convocar a periodos extraordinarios para deliberar sobre temas de interés general.

Este órgano legislativo quedó integrado por el diputado Héctor Raúl García González (PVEM), como vicepresidente, y la diputada Yareli Anai Esparza Acevedo (PT), como secretaria. También lo conforman las diputadas Martha Azucena Camacho Reynoso y Graciela Argueta Bello, además del diputado Octavio Martínez Vargas (Morena); así como las congresistas Emma Laura Álvarez Villavicencio (PAN) y Ruth Salinas Reyes (MC), y el legislador Alejandro Castro Hernández (PRI).

Cabe mencionar que, según la Ley Orgánica del Poder Legislativo, la Diputación Permanente opera durante los recesos de la Legislatura, representándola en los términos que establece la ley. Su instalación ocurre inmediatamente después de la sesión de clausura del periodo ordinario y su integración se publica en la Gaceta del Gobierno, concluyendo sus funciones al inicio del siguiente periodo ordinario.

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La Legislatura tiene dos periodos ordinarios de sesiones anuales: el primero inicia el cinco de septiembre y concluye, a más tardar, el dieciocho de diciembre; el segundo comienza el treinta y uno de enero y no puede prolongarse más allá del quince de mayo. Además, puede convocarse a sesiones extraordinarias conforme a la legislación vigente.