Congreso Edomex tipifica el stalking como delito grave 

Comunicación XXI
21.06.25 08:38 PM Comentario(s)

Avalan castigar el acecho con cárcel para frenar la violencia y proteger a las mujeres

La Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso mexiquenseavaló por unanimidad la propuesta de la diputada Lilia Urbina Salazar (PRI) para tipificar el acecho o stalking como delito. La sanción máxima será de seis años y ocho meses de cárcel en casos con agravantes, lo que busca contribuir al combate de la violencia contra las mujeres.


Urbina agradeció el respaldo de todas las bancadas a la reforma del Código Penal y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del estado.

Emma Laura Álvarez Villavicencio (PAN), presidenta de la Comisión, señaló que el acecho limita la libertad de las mujeres, genera miedo y afecta emocionalmente. “No es amor, es violencia y control”, dijo al respaldar la medida.

Según el dictamen, se impondrán de seis meses a dos años de prisión y de 100 a 300 días de multa a quien, directa o indirectamente, intimide o vigile de forma reiterada a otra persona, la siga, rastree, busque contacto físico sin consentimiento o intente comunicarse en más de dos ocasiones, incluso por redes sociales.

El delito será perseguido por querella, salvo si la víctima es menor de edad, en cuyo caso se actuará de oficio. Las penas aumentan a tres años y cuatro meses si hay uso de armas u objetos intimidatorios, daños a la víctima o a sus allegados, o se utiliza tecnología para vigilar o acosar.

También se agravarán si el acosador busca presionar a la víctima para que realice o desista de alguna acción legal.

La pena máxima se aplicará si el responsable es servidor público, si rompe medidas de protección, si hay daño físico o psicológico, o si la víctima es menor de edad, embarazada, adulta mayor o persona con discapacidad. También si existe una relación de subordinación o confianza, si hay antecedentes de violencia de género, o si el ataque se debe a la orientación sexual o identidad de género de la víctima.


El acecho se define como una serie de conductas persistentes —como vigilancia, intimidación o contacto no deseado— que provocan miedo, ansiedad o afectan la libertad de la persona. Estas acciones pueden también dañar su entorno, sus bienes o a personas cercanas.