Pon al corriente tu vehículo o moto pagando sólo derechos del 2019 a la fecha

Comunicación XXI
02.01.21 07:38 PM Comentario(s)

Mexiquenses no pagarán tenencia en el 2021

De acuerdo con el periódico oficial Gaceta de Gobierno del 31 de diciembre del 2020, se condonará el 100 por ciento de las contribuciones del 2018 hacia atrás de todos los vehículos de transporte particular del Estado de México para que se pongan al corriente pagando sólo del 2019 al 2021.

El documento dice a la letra que “el 100% de las contribuciones causadas en los ejercicios fiscales 2018 y anteriores, así como de sus accesorios…” Los rubros en los que aplica son:

Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos; Derecho por refrendo para la vigencia anual de las placas de circulación para vehículos de uso particular, vehículos particulares de carga comercial, remolques, motocicletas, motonetas, trimotos y cuadrimotos, así como autos antígüos.

Asimismo, al transporte de uso particular con placas de circulación expedidas en el 2016, se les condonará el 50% de los derechos por renovación de placas, siempre y cuando hubieren cumplido al 31 de diciembre de 2020 con el pago del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y derechos de control vehicular del ejercicio 2020.



Subsidio del 100% del pago del impuesto sobre tenencia vehicular

  


Se indica también que se otorga el subsidio del 100% en el pago del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos a los mexiquenses propietarios de vehículos inscritos en el Registro Estatal de Vehículos, cuyo valor total del vehículo no exceda de $400,000.00; así como motocicletas de hasta $115,000.00.

  

Para gozar de este beneficio, los contribuyentes sujetos del impuesto deberán ser residentes del Estado México, no tener adeudos de años anteriores o ponerse al corriente en el período señalado.

Las personas físicas propietarias de vehículos con placas de circulación expedidas en el ejercicio fiscal 2016, podrán acceder al subsidio del impuesto durante la vigencia del presente Acuerdo, siempre que cumplan con los demás requisitos establecidos en el mismo.

Deberán realizar la gestión del subsidio dentro de los tres primeros meses del ejercicio fiscal 2021, a través del Portal de Servicios al Contribuyente de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México, o acudiendo a alguno de los Centros de Servicios Fiscales, con el objeto de obtener el Formato Universal de Pago correspondiente al ejercicio a subsidiar.

Tratándose de propietarios de vehículos nuevos o usados adquiridos mediante importación definitiva, que durante el ejercicio fiscal de 2021 se inscriban por primera vez en el Registro Estatal de Vehículos, realizar el trámite de alta dentro de los quince días siguientes, contados a partir de la fecha de adquisición o importación.

Advierte que no se otorgará el subsidio del impuesto de referencia cuando el pago sea posterior a la fecha señalada o no se cumplan algunos de los requisitos establecidos en el acuerdo.